El tiempo promedio que toma la aprobación del registro es de 6 meses, si no surgen objeciones ni oposiciones.
Una marca registrada en esta jurisdicción está protegida en Noruega, esto incluyen la plataforma continental y la totalidad de sus aguas territoriales.
Sí, los solicitantes deben presentar un poder de representación.
Sí, siempre y cuando el uso previo haya tenido lugar en Noruega, el solicitante se puede beneficiar al poder demostrar la diferenciación de la marca. Esto también ayudará al solicitante a obtener un fallo favorable contra recusaciones basadas en la falta de diferenciación.
Sí, cuando los propietarios no usan su marca registrada, la misma se vuelve vulnerable a los pedidos de cancelación por parte de competidores.
Se pueden registrar aquellas marcas que se puedan reproducir gráficamente y que puedan diferenciar un producto o servicio de otros:
- Nombres;
- Términos/palabras;
- Sensaciones al tacto;
- Gustos;
- Movimientos;
- Hologramas;
- Aromas/fragancias;
- Sonidos;
- Eslóganes;
- Colores;
- Dispositivos;
- Formas con tres dimensiones.
Las fases del procedimiento de solicitud son las siguientes: examen, registro y publicación.
Examen - La Oficina de Marcas de Noruega examinará la solicitud basándose en una serie de factores, a saber: formalidades, clasificaciones, claridad, carácter descriptivo, carácter engañoso, diferenciación y contradicciones con otras solicitudes.
Registro - La Oficina de Marcas de Noruega llevará a cabo el proceso y si no se reciben recusaciones u oposiciones, emitirá entonces el certificado de registro.
Publicación La marca se publicará en la Boletín Oficial de Marcas Noruego.
En esta jurisdicción está prohibido el registro de las siguientes marcas:
- Marcas que atenten contra los estándares morales o contra el orden público;
- Términos comunes con significado general o común;
- Marcas que carezcan de diferenciación;
- Marcas que funcionen principalmente como apellido o apellidos;
- Marcas que funcionen principalmente como nombres de lugares geográficos;
- Marcas que utilicen símbolos, nombres o banderas de estados, naciones y organizaciones internacionales sin el permiso de las autoridades pertinentes;
- Marcas que puedan ser engañosas para el público.
Sí, el Sistema de Clasificación de Niza es eficaz en Noruega. Para aquellas marcas que abarquen varias clases de bienes o servicios, una sola solicitud es suficiente para todas.
Sí, la fecha de presentación en su país de origen se puede reivindicar como la fecha de presentación en Noruega siempre que su país de origen sea miembro del Convenio de París y que la fecha de presentación haya sido dentro de los 6 meses previos a la fecha de presentación en esta jurisdicción.
Debe utilizar la marca dentro de los 5 años desde su fecha de registro. Debe utilizar la marca para fines comerciales y la venta o comercialización debe tener lugar en Noruega.
Una marca registrada en Noruega es inicialmente válida por 10 años a partir de la fecha de solicitud.
La primera renovación tendrá lugar a los 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud.
Sí, el uso de una marca no registrada para la venta de bienes o servicios es legal.
En Noruega rige la norma de "el primero en presentar". Es obligatorio que los propietarios registren su marca para poder adquirir los derechos. También se pueden adquirir derechos a través del uso extensivo o a largo plazo de la marca.
Se puede visitar el sitio web de la Oficina de Marcas de Noruega en este enlace: www.patentstyret.no
No, en esta jurisdicción no es obligación que los solicitantes utilicen la marca antes de solicitar el registro. La intención de uso tampoco es obligatoria.
Sí. Los motivos de oposición son los siguientes:
- Marcas que atenten contra los principios morales o de orden público;
- Marcas que contengan una indicación geográfica;
- Marcas que tengan un significado general;
- Marcas que atenten contra los derechos asociados a un nombre propio;
- Marcas que atenten contra los derechos asociados a un diseño registrado;
- Marcas que violen los derechos establecidos en los artículos 6bis (marca notoria), 6ter (emblemas, banderas y escudos de armas protegidos), 6septies (representación de la marca) y 8 (nombres comerciales) del Convenio de París.
Las partes interesadas tales como los propietarios de un derecho anterior pueden recusar el registro de su marca.
Sí. Los motivos de cancelación son los siguientes:
- Violación de derechos de autor;
- Derechos exclusivos;
- Derechos asociados a un diseño registrado;
- Derechos asociados a un nombre propio;
- Solicitud de mala fe;
- Marca engañosa, descriptiva, sin diferenciación, confusa o genérica;
- Marca que atente contra las normas morales;
- Marcas que usen una indicación geográfica;
- Marcas que usen insignias o emblemas protegidos.
Sí. Los propietarios de una marca registrada en Noruega tienen los siguientes derechos:
- Derecho exclusivos a utilizar la marca y obtener beneficios de la misma;
- Derecho a objetar solicitudes contradictorias presentadas en una fecha posterior;
- Derecho a solicitar la cancelación de registros contradictorios;
- El derecho a presentar una denuncia (por infracción) contra terceros que utilicen la marca sin autorización o que utilicen marcas similares; ;
- Derecho a recibir compensación por los daños y perjuicios causados por la infracción;
- Derecho a emitir licencia a otras entidades mercantiles que quieran utilizar la marca registrada;
- Derecho a solicitar el decomiso de bienes importados falsificados.
El plazo de oposición comienza en la fecha de publicación en el Boletín Oficial de Marcas y culmina 3 meses después de esa fecha.
Sí, Noruega es miembro del Protocolo de Madrid.
No, no es necesario.
Las renovaciones se realizan cada 10 años.
La primera renovación tendrá lugar a los 10 años desde la fecha de presentación de la solicitud.
No, no es necesario presentar documentación alguna para las renovaciones.
Los propietarios tienen un período de gracia de 6 meses desde la fecha de vencimiento.